Lorenzo Illana. Salgüero de Juarros. Verano del 99

LUGAR DE SANTA CRUZ DE JUARROS.

En el lugar de Santa Cruz de Juarros a diez y siete dias del mes de Junio de mill setecientos cincuenta y tres años, ante el Sr. Dn. Lorenzo Antonio Fernandez Fuencaliente, Juez Subdelegado por Su Magestad para el arreglo de unica contribucion, ante mi el escrivano, a presencia de Dn. Pedro Andres, Cura Veneficiado mas antiguo de esta Parroquial y de Dn. Pedro Cuvillo tamvien Cura Veneficiado de ella rresidente en los varrios de Matalindo y Cavañas comparecienron Manuel Garzia Domingo, Geronimo Pineda, Alcaldes pedanios, Francisco Pineda Garcia y Santiago Andres rexidores residentes en los citados varrios, Simon de Vernave y Blas Garcia, procuradores Sindicos generales, Miguel de Bernave Cuvillo, Juan de Pineda y Andres Domingo, todos de esta vezindad, peritos nombrados en este expediente y digeron venian a cumplir con lo que les esta mandado y para que lo hagan como se requiere, el señor Juez subdelegado tomo y revicio juramento de los susodichos estando juntos i de cada uno de por si por el nombre de Dios nuestro señor y a una señal de Cruz en forma, el qual hicieron como se requiere y vaxo del prometieron decir verdad en lo que supieren i les fuere preguntado y siendolo por el thenor de las preguntas del Ynterrogatorio impreso letra A que va por caveza de esta comparecencia a cada una de ellas respondieron lo siguiente:

1.              A la primera pregunta del interrogatorio. Digeron que la poblacion se llama el lugar de Santa Cruz de Juarros, tiene dos varrios distantes como media legua de esta poblacion llamados Matalindo y Cabañas, que estos distan uno de otro un quarto de legua.

2.                        A la segunda digeron que este lugar y sus varrios es de señorio propio de la Ciudad de Burgos a quien por esta razon no pagan maravedi alguno y las alcavalas, sisas, sientos y servicio real pertenecen a Su Magestad, en cuios derechos estan encavezados y ponen en las Arcas Reales de dicha Ciudad en los tercios asignados.

3.              A la tercera digeron que no obstante de no tener medido lo ancho ni largo del termino pero por la practica y uso que en el tienen a su pericia consideran abra de distancia desde el aire cierzo a el abrego como media legua y desde el solano al regañon una legua, i en rezinto tres, que a un paso regular se puede andar en tres oras y confronta al cierzo el lugar de Brieva de Juarros y villa de Urrez, por el solano termino comunero de la Junta de Juarros y villa de Palazuelos, por abrego termino del Monasterio de Santa Maria de Bugedo, orden de San Bernardo i el lugar de Cueba de Juarros, y por regañon termino del lugar de San Adrian de Juarros, su figura es la siguiente:

4.              A la quarta: Digeron que en esta poblazion y sus varrios ai quatro especies de tierra, una de regadio y tres de secano, que en la de regadio siembran sin intermision lino, en la clase primera calidad secano siembran trigo, zevada con su año de hueco intermedio para varvecho, en la segunda con dicha intermision trigo zevada y titos y en la tercera con el citado descanso siembran zenteno, avena y yeros; tambien ai huertos pequeños donde plantan verdura para el consumo de sus casas y rriegan a brazo con el agua que sale de la Fuente llamada de arriva; asimismo ay prados segaderos, heras para trillar el pan, herios, exidos y cuestas conzejiles, y quatro montes propios del comun de este lugar y sus varrios, que el uno llaman la Deesa de Varruderas de leña de rrovre alto i vrezos que hara de sembradura, como sesenta fanegas; otro llamado la Deesa de San Martin de leña de fresno, rrobres altos que ara como quarenta fanegas de sembradura; otro llaman Matalar de leña baja de carrascos que ocupara como sesenta y seis fanegas de terreno; y otro nombrado el rrobledo que ocupara como setenta fanegas de sembradura; en cuios quatro montes hazen anualmente una corta por el comun deste y sus varrios; cuia leña comparten igualmente entre todos los vecinos por suertes i correspondera a cada uno seis carros, lo que gastan en el consumo de sus casas sin vender cosa alguna en especie ni en carvon por no favricarse ni tienen en ello mas util que el referido i los pastos, asimismo ai otros dos montes propios de la Jurisdiccion de Juarros que se compone de nuebe pueblos y este es el capital de ellos, nombrados dichos montes Matanza y Valdefraguas que este hara de sembradura como doscientas cincuenta fanegas, su leña es Aia y robres altos y el otro llamado Encinedo que ocupara como ochenta fanegas, en cuios dos montes no se hace corta alguna de leña por causa de hallarse en cuestas y pedregales altos en donde no pueden transitar las carretas ni cavallerias , y en ellos no tienen mas aprovechamiento que el de los pastos que sirve para los ganados de los expresados nuebe pueblos, i otros comarcanos, i no ai en esta poblacion heredad alguna que de dos frutos al año.

5.              A la quinta: Digeron que en este territorio ai quatro calidades de tierra labranza, una de regadio y tres de secano, huertos para hortaliza, prados segaderos, heras para trillar el pan, erios, exidos, i seis montes, como tienen expresado en la pregunta antezedente.

6.              A la sexta: respondieron  que en esta poblacion no ai plantio de arboles frutales de ninguna especie de los contenidos en la pregunta a excepcion de algunos olmos pequeños y saulzes que  no dan util alguno ni se venden.

7.              Y 8. A la septima y octava pregunta: Digeron tienen dicho no ai en esta poblacion arboles frutales de ninguna especie.

9.              A la novena. Respondieron no se mide en este territorio la fanega de tierra con bara castellana, ni por pasos y solo conocen su cavidad por la simiente que la hechan segun la vondad de la tierra, pues a la fanega de regadio la siembran con treinta y seis zelemines de linueso; la de primera calidad secano siembran con doze zelemines de trigo, i lo mismo de zevada; la de segunda con onze zelemines de zevada, lo mismo de trigo, i con siete celemines de titos,  y la terzera de zenteno nuebe zelemines, de abena seis y de yeros ocho, y la medida con que se compran i venden estos granos se llama media fanega, que haze seis zelemines, y no siembran en la demarcacion deste lugar y sus varrios mas frutos que los expresados.

10.           A la dezima: Respondieron no pueden dezir con certeza las fanegas de sembradio que ocupa la demarcazion por no haverlas contado ni tienen instrumento por donde saverlo, y esto se verificara por los memoriales  y relaciones que a este fin tienen presentados a los que se remiten.

11.           A la undezima: Digeron que en esta poblacion los frutos que se cogen son trigo, zevada, zenteno, avena, titos, yeros, lino, yerva, corderos y lana.

12.           A la duodezima: Digeron que la fanega de sembradura de tierra regadio con una ordinaria cultura produze el año que se siembra lino setenta y dos mañas y la simiente que ha hechado; la de primera calidad secano produze de trigo cinco fanegas i media, i de zevada siete; la de segunda de trigo cinco fanegas, de zevada seis y de titos tres fanegas; la de terzera de zenteno quatro fanegas, de avena cinco y de yeros estos se coxen en verde i a medio granar para la manutencion de los ganados y produze setenta hazes; los huertos donde se planta verdura regulan su util como las tierras de primera calidad secano; la fanega de prado segadero produze anualmente dos carros de yerva y las heras donde se trilla el pan regulan la fanega de renta anual en otra de trigo.

13.           A la dezima tercia Digeron tienen declarado en la sexta pregunta no ai arvoles frutales de ninguna especie dentro de la demarcazion de este lugar.

14.           A la dezima quarta: Digeron que anualmente y en un quinquenio vale en este pueblo y sus varrios la fanega de trigo quinze reales, de zevada ocho, de zenteno onze, de avena cinco, de titos diez y siete, un az de yeros medio real, una maña de lino con su simiente un real, el carro de yerva diez y siete reales, un cordero churro ocho reales, el merino treze, arrova de lana churra veinte i seis reales, de fina merina zincuenta reales.

15.           A la dezima quinta: Digeron que de todos los frutos expresados en la pregunta antezedente y se cogen dentro de la demarcazion deste lugar y sus varrios se diezma de diez uno a la Yglesia Parrquial deste que junto echan en orrio los que perciven i comparten en esta forma: un tercio la Santa Yglesia Metropolitana de la Ciudad de Burgos; otro los Curas Veneficiados , un noveno la esta Yglesia Parroquial y los dos novenos restantes el Hospital que llaman del Rey extramuros de la citada Ziudad, y por razon de primizias pagan todos los vezinos que tienen Yugada y los havitantes dos zelemines de pan misto trigo y zevada, y los que no la tienen por mitad, lo que perciven integramente los curas Veneffiziados desta Parroquia.

16.           A la dezima sexta: Digeron que en el tiempo de su acordanza no tienen razon ni han oido de que estos frutos decimales se haian arrendado por percivirlos por si o sus criados o maiordomos de los dueños a quienes corresponde, no saven a que cantidad suelen montar por no tener rregla ni instrumento por donde saverlo y esto se verificara por el Livro de Tazmias en donde anualmente se anotan, que ovra en poder del Cura Veneficiado mas antiguo de la Parroquial a el que se remiten.

17.           A la dezima septima. Digeron que no ai en esta poblacion de lo que la pregunta contiene a excepcion de siete molinos arineros de una rueda cada uno marca menor. Que la utilidad de cada uno i su situacion y dueño es como se sigue:

El uno es propio del comun de este lugar y sus varrios que esta pegante a esta poblacion y muele con el agua que sale de la Fuente de arriva distante de ella como veinte pasos, le tiene en arrendamiento a el presente Geronimo Pineda de esta vezindad, por el que paga de renta anual a el citado comun cinco fanegas de trigo y consideran quedarle de util anual a el susodicho ademas del arrendamiento quatro fanegas de trigo.

Otro mas abajo que el antezedente i muele con esta agua propio de los Veneficiados de este lugar quienes por si le goviernan i disfrutan i en el caso de arrendarse darían anualmente cinco fanegas de trigo y quedaria de util a el arrendatario quatro fanegas del mismo especie por causa de no moler mas que como cinco meses a el año por la poca agua que le acude en el verano, y de los que le detienen parte del Ynvierno como a el antezedente.

Otro molino un poco mas abajo que el de anterior, esta en este arroio con las mismas circunstancias , propio de Pedro Lazaro desta  vecindad quien por si le govierna i disfruta y en el caso de arrendarse darian anualmente siete fanegas de trigo i ademas desto consideran le quedaria de util a el arrendatario cinco fanegas del mismo especie.

Otro mas abajo con las propias circunstancias que el de arriva, propio de Pedro Hernando vezino deste lugar quien por si le disfruta i cuida y si se arrendara darian anualmente siete fanegas de trigo y ademas desto le quedaria de util al arrendatario cinco fanegas.

Y en el varrio que llaman de Cavañas ay un molino arinero distante como un quarto de legua del sitio sovre el rrio o arroio que llamamos Matanza propio de Juan Nieto desta vezindad, quien por si le govierna y disfruta, y en el caso de arrendarse darian anualmente diez faneas de trigo y quedaria de util al arrendatario ademas de lo expresado otras diez fanegas por causa de moler solo como ocho meses a el año por faltarle el agua en el verano.

Otro sito en dicho rrio y con las circunstancias que el de arriva propio de Juan de Pineda de esta vezindad quien por si le administra y si se arrendara darian anualmente diez fanegas de trigo y le quedaria de util otras diez de la misma especie.

Otro sito en el mismo rio y con las circunstancias del antezedente, propio de Angel Hernando esta vezindad, quien por si tambien le govierna y si llegara el caso de arrendarse darian lo mismo que por el de arriva y ademas le quedaria la propia utilidad.

18.           A la dezima octava. Digeron que en esta povlacion ni sus varrios no ai mas esquilmo que el de los ganados que tienen los vezinos de que se compone.

19.           A la dezima nona. Digeron que en este lugar y en sus dos varrios solo ai treinta y dos pies de colmenas, tres de Miguel de Bernave, siete de Dn Pedro Andres, seis de Miguel Saenz, dos de Pedro Nieto, otras dos de Francisco Pineda, quatro de Juan Velasco, quatro de Joseph Blanco, y las quatro restantes de Cathalina Velasco, siendo desta vezindad y rregulando la utilidad anual de cada una de ellas en quatro reales.

20.           A la vigesima. Digeron que en este lugar i sus varrios existen a el presente ochenta i quatro pares de labranza de bueyes y vacas, siete vacas para criar, treinta novillos y novillas, treinta y siete yeguas para criar, siete potras y potros, otras siete zerdas para criar, mill setecientas dos ovexas churras, seiscientos setenta i un carneros de los mismo, mill ciento sesenta y quatro vorregos i vorregas, trescientas y una cavezas de ganado cabrio, quinientas y treinta ovexas merinas y  veinte carneros de lo mismo, y son las quatrocientas de Mathias Nieto desta vezindad, residente en la Villa de Pineda de la Sierra, y lo rrestante de Pedro Nieto, desta vezindad, dicho ganado trasumante se mantiene en tierra de Extremadura, y la maior parte de lo churro lo llevan a invernar a los lugares de tierra de Esgueva, o a donde mas acomodo hallan por causa de la mucha nieve que carga en este terreno, y con estas circunstancias rregulan la utilidad de  dichos ganados, a excepcion de las lavranzas, en la forma siguiente. Una vaca para criar veinte i dos reales, novillo o novilla catorze, una yegua veinte i tres, potro o potra catorze, una zerda para criar quarenta i cinco relaes, una obexa churra dos relaes, , la merina tres, un carnero churro  tres y merino quatro, un vorro, vorra y caveza de ganado cabrio dos reales y no ai cavaña ni yeguada dentro ni fuera desta poblacion.

21.           A la vigesima prima. Digeron que esta poblacion y sus dos varrios se compone de noventa i ocho vezinos, trece viudas vezinas, quatro viudas havitantes y seis moradores tambien havitantes todos del estado general, no haviendo en su demarcazion casas de campo ni alquerias.

22.           A la vigesima secunda respondieron que en esta poblacion y estos dos varrios existen a el presente ciento y treinta y tres casas havitables, catorce in havitables por estar amenazando ruina, noventa y tres paxares i tenadas, i no pagan carga ni tributo alguno por razon de suelo, señorio ni otro motibo.

23.           A la vigesima tercia. Digeron que este lugar con sus dos varrios de Matalindo y Cavañas tienen de propios una casa que sirbe para zelevrar las juntas conzejales, un meson , una fragua, una casa pequeña, una tenada, un molino arinero, veinte y nueve fanegas i nueve zelemines de tierra lavradio, seis fanegas de prados segaderos, quatro montes que estos tienen hantes expresado, i las citadas tierras lavradias, cultivan por de comun entre todos y siembran a terzer año zenteno, cuios granos con el producto de Prados, casas, molino i prados (repetido en el manuscrito) entra en poder de un maiordomo que anualmente se nombra y se imvierte en la recoleccion destos frutos, pagas de reditos de zensos que tienen contra si y otras urgencias precisas de conzejo, i a el final de cada un año se le toma quenta por la justicia y contadores que a este fin se nombra, no restando alcanze alguno a su favor, hantes si comunmente se alcanzara el pueblo y para su pago hazen repartimiento entre todos los vezinos con igualdad, lo que anotan en unas tarxas o palos por no aver escrivano ni fiel de fechos en este lugar.

24.           A la vigesima quarta. Respondieron que este comun no usa de arvitrio alguno si solo cargan dos reales en cada una cantara de vino de las que se venden en la taverna que en un quinquenio seran como ochocientas cantaras, ciua cantidad aplican para el pago de sisas en que estan encavezados, y el resto que falta para el total pago se haze repartimiento entre los los vezinos deste y de sus varrios con igualdad.

25.           A la vigesima quinta. Digeron que este comun no paga salarios de justicia ni tiene funcion en que se gasten maravedis del.

26.           A la vigesima sexta. Digeron que este pueblo i sus varrios tienen contra si ocho capitales de zenso, y son uno en favor del convento de Santa Maria de Bugedo, orden de San Bernardo, a quien pagan tres fanegas de trigo perpetuamente.

Otro a el redimir en favor del citado convento de noventa ducados de principal y pagan veinte  i seis reales y veinte y seis maravedis.

Otro de setenta ducados de principal en favor de la Colexiata de San Quirze.

Otro de zien ducados de principal en favor de los capellanes del convento de monjas de las Huelgas extramuros de la Ziudad de Burgos.

Otro de quatro mill y trescientos reales en favor de la Confradia de Nuestra Señora de Velen, de dicha ciudad; otro de quatrocientos ducados de capital en favor de Dn. Joseph Juaquin de la Moneda, vezino de la Villa de Poza.

Otro a favor de la Parroquial de San Lorenzo de dicha Ziudad de Burgos, de ciento cincuenta ducados de capital.

Y el otro de cien ducados de principal en favor de la capellania de los Millanes de la Villa de Barvadillo de Herreros, por lo que pagan los reditos correspondientes a el tres por ciento.

27.           A la vigesima septima. Digeron que todos los vecinos de que se compone esta poblazion con sus varrios pagan a Su Magestad el derecho de servicio real en que estan encavezados y para ello hazen repartimiento a proporcion de caudales, no usando para este fin de arvitrio alguno.

28.           A la vigesima octava. Digeron que solo se halla enagenado de la Corona el señorio de este lugar que perteneze a la Ziudad de Burgos, y las tercias Reales que percive el Hospital que llaman del Rey extramuros de dicha Ziudad, y no saven en virtud de que privilegio, y los empleos de Alcaldes Pedanios, Rexidores, Procuradores sindicos generales y otros oficios menesterosos para el reximen de esta republica, se nombran los unos a los otros, lo que egecutan en virtud de costumbre inmemorial que para ello tienen, sin otro instrumento.

29.           A la vigesima nona. Digeron que en este pueblo i en sus terminos solo ay una taverna que da de producto anual mill y seiscientos reales que aplican para el pago de sisas, como dejan expresado en la pregunta vigesima quarta cargando dos reales en cada cantara de las que en dicho avasto se consumen, y esta obligado a el surtimiento y porte de ello Simon Palacios vezino de Revilla del Campo a quien por esta razon pagan dos reales y medio de cada una cantara, y es medidor de ello Juan Blanco, desta vezindad a quien pagan medio real por razon de vendage de cada una, en lo que se utiliza; tamvien ay una Casa Meson propia del Comun deste pueblo y a el presente la tiene en arriendo Juan de Revilla desta vezindad por lo que paga anualmente quinientos reales y consideran quedarle de util en cada uno otra tanta cantidad en la que se utiliza y no ai tiendas, carniceria ni otra cosa de lo que la pregunta contiene.

30.           A la trigesima. Digeron no ai Hospital alguno en esta poblacion y para el abrigo de los povres que por el transitan ai una casa con el nombre de hospital y tiene de renta lo que dan de si dos fanegas de tierra lavradio, y una hera para trillar, lo que disfruta Miguel de Espinosa desta vezindad, solo porque admita dichos povres, y ademas de lo referido por esta razon le paga el conzejo dos fanegas de zenteno.

31.           A la trigesima prima. Digeron no ai camvista, mercader ni otra persona que veneficie su caudal por mano agena.

32.           A la trigesima secunda. Digeron no ai en este pueblo tendero de paños, lienzos, ni otras mercaderias, solo si un Ziruxano para la curazion de los Emfermos, que lo es Joseph Gutierrez desta vezindad, quien ademas deste pueblo i sus varrios asiste a el lugar de San Adrian, i Salguero de Muera, quien gana de salario anual en los citados pueblos cincuenta y siete fanegas de trigo i ciento y veinte reales en dinero y por Medico asiste Dn. Gregorio Saenz titular en Revilla del Campo y a por las medizinas nezesarias acuden a la Botica del Convento de San Pedro Cardeña horden de San Venito en donde asimismo estan asalariados y no ai otra cosa de lo que la pregunta contiene.

33.           A la trigesima tercia. Digeron  que los artistas del arte mecanico que ai en esta poblacion y la pregunta expresa con toda distincion y utilidad de cada uno es como s sigue:

Juan de Juarros havitante en el, Maestro de Herreria solo para la composicion de rexas y herramientas de lavranza esta para este fin asalariado ademas deste pueblo i sus varrios en los lugares de San Adrian, Cueva, Cuzcurrita de Juarros y Monasterio de Bugedo y anualmente se le pagan quarenta fanegas de trigo y veinte i quatro reales en dinero, que todo ello compone seiscientos veinte y quatro reales, y no tiene otro util mas que el expresado por no saver hazer otras obras mas que las estas, cuio salario consideran ganar en ciento y cincuenta dias de trabajo.

Juan de las Heras, desta vezindad es Maestro de primeras Curas en el, por ciuo oficio gana de salario anualmente treinta fanegas de trigo que importan quatrocientos cincuenta reales en que se utiliza.

El susodicho es sachristan y campanero en la Parroquial de este lugar, por cuia razon se le paga de salario anual ocho fanegas de trigo i seis de zevada en que se utiliza, que importan ciento treinta y seis reales.

Geronimo Pineda desta vezindad, oficio tegedor de lienzo i lana, consideran ganar anualmente quinientos y diez reales en ciento y setenta dias que travajara en el, a tres en cada uno, revajados fiestas y otros accidentes.

El susodicho tiene en su casa empleado en el citado oficio de tegedor a Juan de Pineda, su hixo, mozo soltero maior de diez y siete años a quien consideran ganar anualmente quatrocientos veinte reales en ciento y quarenta dias a tres en cada uno.

Miguel de Bernave desta vezindad del mismo officio de tegedor, consideran ganar anualmente trescientos reales en cien dias que travaxa en el, a tres en cada uno por no ser continuo en ello a causa de su ancianidad.

Simon de Vernave desta vezindad tambien oficio de tegedor de lienzo y lana, gana anualmente quinientos y diez reales en ciento y setenta dias que le consideran de travajo a tres en cada uno.

El susodicho tiene en su servicio para el citado oficio de tegedor a Lucas Saenz desta vezindad a quien paga de salario anual ciento y cincuenta reales y ademas desto consideran quedarle de util a el citado Simon trescientos reales.

Juan de Quintanilla, tegedor tambien de lienzo y lana, consideran ganar anualmente quinientos i diez reales en ciento y setenta dias que en ello travaja.

Joseph de Quintanilla del mismo oficio y vezindad consideran ganar quinientos y quarenta reales en ciento ochenta dias que en ello le rregulan de travajo.

Andres Ruiz desta vezindad oficio de tegedor, gana anualmente quinientos y diez reales en ciento y setenta dias que le consideran de travajo.

Juan Ybañez de la misma vezindad oficio de sastre, gana trescientos reales anualmente en ciento y cinquenta dias que en el travaja a dos en cada uno.

Juan Rojo vezino deste lugar del mismo officio de sastre gana anualmente trescientos quarenta reales en ciento y setenta dias que consideran travajar en el.

Joseph Quintanilla guarda del ganado yeguar deste lugar gana de salario anual diez y seis fanegas de pan misto trigo y zevada que importan ciento ochenta y quatro reales.

Manuel Garcia Venito desta vezindad, guarda del ganado vacuno del, gana de salario anual otras diez y seis fanegas de la misma especie y valor ciento ochenta y quatro reales.

Juan de Velasco Vega, Guarda de los montes deste lugar gana de salario anual ziento y veinte reales que en su utiliza.

34.           A la trigesima quarta. Respondieron no comprende cosa alguna de su contenido en esta poblacion.

35.           A la trigesima quinta. Digeron que en este lugar y sus varrios no ai jornaleros por ser todos los vezinos y havitantes de que se compone lavradores de pan, quienes por si cuidan sus lavranzas y cultivan sus heredades, en cuio oficio consideran ganar anualmente estos lavradores trescientos sesenta reales con igualdad en ciento y veinte dias que consideran travajar en su hacienda cada uno , deducido fiestas emffermedades y otros accidentes a razon de tres reales por cada un dia, que los que son,  a excepcion de los artistas ya dichos, se expresan como se sigue:

Angel Hernando Pineda desta vezindad lavrador, trescientos y sesenta reales.

Andres Domingo, trescientos y sesenta reales.

Antonio Avila, trescientos y sesenta reales.

Andres Blanco, trescientos y sesenta reales.

Andres de Ravano, a este no se le saca util alguno por ser maior de sesenta años.

Angel Hernando, no se le saca util por la misma razon.

Andres Nieto, trescientos y sesenta reales.

Alexandro Hernando, trescientos y sesenta reales.

Andres Ruiz, este es sastre y le esta sacado su utilidad donde corresponde.

Antonio Hernando, trescientos y sesenta reales.

Blas Garcia, trescientos y sesenta reales.

Blas de Cathalina, trescientos y sesenta reales.

Bernave Cuvillo, trescientos y sesenta reales.

Bernave Castro, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Blas Saenz, trescientos y sesenta reales.

Blas Hernando, trescientos y sesenta reales.

Blas Muñoz, trescientos y sesenta reales.

Blas Andres, no se le saca utilidad por ser maior de hedad.

Bernardo Pineda, trescientos y sesenta reales.

Francisco Pineda, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Francisco la Varga, no se le saca utilidad por la misma razon.

Francisco Pineda Garcia, no se le saca util por lo mismo.

Francisco Nieto lavrador, trescientos y sesenta reales.

Francisco Pineda maioral, trescientos y sesenta reales.

Francisco Quintanilla, trescientos y sesenta reales.

Francisco Velasco, trescientos y sesenta reales.

Fernando Cuvillo, trescientos y sesenta reales.

Francisco Cuvillo, trescientos y sesenta reales.

Francisco Pineda, trescientos y sesenta reales.

Francisco Lazaro, trescientos y sesenta reales.

Fernando Alegre, trescientos y sesenta reales.

Francisco Pineda, trescientos y sesenta reales.

Gregorio Venito, trescientos y sesenta reales.

Gregorio Saiz, trescientos y sesenta reales.

Juan Roman, trescientos y sesenta reales.

Juan Blanco, trescientos y sesenta reales.

Juan Gentil, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Juan de San Pedro, trescientos y sesenta reales.

Joseph Matalindo, trescientos y sesenta reales.

Joseph de las Heras, trescientos y sesenta reales.

Juan de Lazaro, trescientos y sesenta reales.

Joseph Cuvillo, trescientos y sesenta reales.

Juan Saenz, trescientos y sesenta reales.

Juan de Revilla, trescientos y sesenta reales.

Juan Garcia maior, trescientos y sesenta reales.

Juan de Bernave, trescientos y sesenta reales.

Juan Garcia Pineda, trescientos y sesenta reales.

Joseph Blanco, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Juan Nieto, no se le saca utilidad por la misma razon.

Joseph de la Vega, trescientos y sesenta reales.

Juan Villa, trescientos y sesenta reales.

Juaquin de Hernando, trescientos y sesenta reales.

Juan de Pineda, trescientos y sesenta reales.

Juan de Avaxo, trescientos y sesenta reales.

Joseph de Avaxo, trescientos y sesenta reales.

Juan de Velasco Alvira, no se le saca util por ser maior de sesenta años.

Julian de Velasco, trescientos y sesenta reales.

Miguel Saenz, es maior de hedad por lo que no se le saca util.

Mathias Venito, trescientos y sesenta reales.

Miguel Revilla, trescientos y sesenta reales.

Manuel Garcia Domingo, es maior de sesenta años por lo que no se le saca utilidad.

Manuel Gentil, trescientos y sesenta reales.

Martin Gentil, trescientos y sesenta reales.

Martin de Castro, trescientos y sesenta reales.

Miguel de Vernave, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Manuel de Velasco, trescientos y sesenta reales.

Miguel de Venito Cavañas, trescientos y sesenta reales.

Miguel de Espinosa, trescientos y sesenta reales.

Andres Barvero, trescientos y sesenta reales.

Mathias Herrero, este es maior de sesenta años por lo que no se le saca utilidad.

Martin Andres, trescientos y sesenta reales.

Mathias Velasco, trescientos y sesenta reales.

Mathias Diez, trescientos y sesenta reales.

Manuel Nieto, trescientos y sesenta reales.

Mathias Velasco, trescientos y sesenta reales.

Mathias Hortega, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Manuel Ferreira, trescientos y sesenta reales.

Mathias Nieto Hernando, trescientos y sesenta reales.

Pedro Nieto, trescientos y sesenta reales.

Pedro Pineda, trescientos y sesenta reales.

Pedro Blanco, trescientos y sesenta reales.

Santiago Vega, trescientos y sesenta reales.

Pedro Hernando, no se le saca utilidad por ser maior de sesenta años.

Pedro Lazaro, trescientos y sesenta reales.

Pedro Matamala, trescientos y sesenta reales.

Pedro Gentil, es maior de hedad por lo que no se le saca utilidad.

Santiago Hernando, trescientos y sesenta reales.

Santiago Andres, trescientos y sesenta reales.

NATURALES, CRIADOS Y PASTORES

Francisco Hernando, natural deste lugar de Santa Cruz maior de diez y siete años, pastor del ganado lanio de Miguel Vernave, gana de soldada ziento y setenta reales.

Francisco Ravanos, hixo de Andres, desta vezindad en servicio de su padre para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada setenta reales.

Gregorio Velasco, natural deste lugar hixo de Maria Lazaro en servicio de la esta para la guarda de su ganado lanio, es menor de hedad y le consideran ganar de soldada sesenta reales.

Manuel Cuvillo natural deste lugar menor de hedad pastor del ganado lanar de Dn. Pedro Cuvillo le consideran ganar de soldada ochenta reales.

Manuel Mozo, natural de la villa de San Juan de Hortega criado para la lavranza de Dn. Pedro Andres, gana de soldada ziento y cincuenta reales.

Vizente Maeso, natural de la villa de Lara, pastor de dicho Dn. Pedro, gana de soldada lo mismo que el de arriva.

Martin Alegre, natural deste lugar hixo de Maria Jentil en servicio de dicha para el cuidado de su lavranza consideran ganar de soldada doscientos reales.

Bernardo Jentil, natural deste lugar maior de diez y siete años, hixo de Pedro, en su servicio para la guarda i cuidado de su lavranza le consideran ganar de soldada doscientos y veinte reales.

Bernardo Venito, natural deste lugar, criado para la lavranza de Maria Lazaro, gana de soldada ziento y setenta reales.

Vizente Alegre, natural de San Adrian de Juarros, soldado miliciano, esta en servicio de Dn. Pedro Cuvillo para el cuidado de su lavranza, gana de soldada doscientos y veinte reales.

Joseph Garcia, natural deste lugar, hixo de Manuel Garcia Domingo, maior de diez y siete años, en servicio del dicho para el cuidado de su lavranza le consideran ganar de soldada doscientos y veinte reales.

Simon Jentil, natural deste lugar, hixo de Martin, menor de hedad, en servicio del dicho para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada cincuenta reales.

Blas Velasco, natural deste lugar, hixo de Mathias Velasco, pastor de Pedro Lazaro, de esta vezindad, gana de soldada ciento y ochenta reales.

Manuel Blanco, hixo de Juan, desta vezindad, en servicio del susodicho para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada por ser menor de hedad setenta reales.

Antonio Avila, hixo de Antonio, desta vezindad, en servicio del dicho para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada por ser menor de diez y siete años sesenta reales.

Andres Garcia, natural de la Villa de Atapuerca, criado para la lavranza de Antonio Avila, gana de soldada doscientos reales.

Matheo Roman, natural deste lugar, hixo de Juan, en servicio del dicho para la guarda de su ganado lanio, le consideran ganar de soldada por ser menor de hedad sesenta reales.

Domingo Diez, natural deste lugar pastor del ganado lanio de Dn. Santiago Diez, gana de soldada ciento y veinte reales.

Simon Pineda, hixo de Geronimo desta vezindad, menor de diez y siete años en servicio de su padre para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada quarenta reales.

Miguel Hernando, natural de Campo de Lara pastor del ganado lanio de Andres Domingo desta vezindad gana de soldada doscientos reales.

Antonio Hernando natural deste lugar criado para la lavranza de Mathias Nieto gana de soldada doscientos reales.

Manuel Marcos natural del lugar de Riocavado en servicio de dicho Mathias Nieto, para el cuidado de su lavranza gana lo mismo.

Santiago Pineda hixo de Maria Arroyo desta vezindad en servicio de la esta para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada ciento y veinte reales.

Manuel Saenz, hixo de Juan desta vezindad en servicio del este para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada sesenta reales por ser menor de diez y siete años.

Torivio Garcia, natural deste lugar, hixo de Blas en servicio del dicho para la guarda de su ganado le consideran ganar lo mismo que a el de arriva.

Simon Saenz, natural deste lugar, hixo de Maria Aragon menor de diez y siete años en servicio de la dicha para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada cinquenta reales.

Martin Saenz, natural deste lugar maior de diez y siete años hixo de la esta Maria para el cuidado de su lavranza gana de soldada doscientos reales.

Pedro de la Varga hixo de Francisco desta vezindad maior de diez i siete años criado para la lavranza de Juan Rojo para el cuidado de su lavranza gana de soldada doscientos reales.

Simon Rojo natural deste lugar hixo de Juan en servicio del dicho para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada treinta reales.

Angel de la Varga natural deste lugar hixo de Francisco en su servicio para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada ciento treinta reales.

Manuel de Pineda natural del lugar de Tinieblas en servicio de Juan de Pineda de esta vezindad para la guarda de su ganado lanio gana de soldada doscientos y diez reales, es soldado miliciano.

Angel Pineda natural deste lugar hixo de dicho Juan para el cuidado de su lavranza le consideran ganar de soldada ciento cincuenta reales.

Agustin Andres natural deste lugar hixo de Santiago para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada setenta reales por ser menor de hedad.

Mathias Pineda, natural del lugar de Tañabuies, criado de Gregorio Venito para la guarda de su ganado lanio gana de soldada ciento cincuenta reales.

Lorenzo Vega natural deste lugar criado de Cathalina Velasco para la guarda de su ganado lanio gana de soldada doscientos reales.

Manuel Blanco natural deste lugar hixo de Joseph  para el cuidado de su lavranza maior de diez y siete años le consideran ganar de soldada doscientos reales.

Francisco Hernando natural deste lugar soldado miliciano hixo de Angel en servicio del dicho para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada doscientos reales.

Mathias de Avaxo hixo de Juan desta vezindad en su servicio para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada ciento y diez reales, es menor de edad.

Martin Villa natural deste lugar hixo de Angela Hernando menor de hedad en servicio de la esta para la guarda de su ganado, le consideran ganar de soldada quarenta reales.

Francisco Villa hijo de la dicha maior de diez y siete años en servicio suio para el cuidado de su lavranza le consideran ganar de soldada doscientos y veinte reales.

Sevastian de Arrivas, natural del lugar de Salguero criado de Mathias Hortega para el cuidado de su ganado lanio, gana de soldada ziento y veinte reales.

Reymundo Pineda natural deste lugar hixo de Francisco en su servicio para la guarda de su ganado lanio le consideran ganar de soldada sesenta y siete reales.

Manuel Pineda natural deste lugar hixo de dicho Francisco en su servicio para el cuidado de su lavranza es maior de diez y siete años y le consideran ganar de soldada ciento y zincuenta reales.

Juan Velasco natural deste lugar hixo de Juan en su servicio para la guarda de su ganado lanio maior de diez y siete años le consideran ganar de soldada ciento y veinte reales.

Torivio Lopez natural del lugar de Alzera en la Montaña criado de Pedro Nieto para el cuidado de su ganado lanio, le consideran ganar de soldada ciento ochenta reales.

36.           A la trigesima sexta. Respondieron que en esta poblacion y sus varrios no ay povre ninguno de solemnidad.

37.           A la trigesima septima. Digeron no ai en este pueblo individuo alguno que tenga embarcazion en la Mar ni otra cosa de lo que la pregunta contiene.

38.           A la trigesima octava. Digeron que en este lugar ai quatro clerigos los tres residentes en el y el otro en los varrios de Matalindo y Cavañas y son Dn. Pedro Andres, Dn. Pedro Cuvillo, Dn. Santiago Diez, estos Curas Veneficiados y Dn. Francisco Nieto veneficiado de media racion.

39.           A la trigesima nona. Digeron no ai convento alguno dentro de la demarcacion de este lugar.

40.           A la quartagesima. Digeron que Su Magestad, Dios le guarde, no percive en este lugar mas rentas ni Fincas que las provinciales segun hantes tienen dicho.

Haviendoles buelto a leer a los citados Alcaldes, Rexidores, Procuradores y Peritos la deposicion antezedente a la letra digeron ser todo la verdad so cargo del Juramento que fecho tienen en lo que se afirmaron y ratificaron y lo firmaron los que supieron junto con el señor Juez subdelegado de unica contribucion en este lugar de Santa Cruz de Juarros a veinte y tres dias del mes de junio de mill setecientos zincuenta y tres años de que yo, el escrivano de Su Magestad y este cometido, doy fe= Dn. Lorenzo Antonio Fernandez Fuencaliente= Manuel Garcia= Simon de Vernave= Blas Garcia= Miguel Vernave= Pedro Jentil= Blas de Hernando= Pedro Nieto= ante mi Manuel Moreno.


Volver